Puede decirse que el Sacramento de la Penitencia, tal como hoy lo conocemos, nació con el concilio de Letrán, celebrado en 1215. En él, se estableció la confesión reservada y la obligación de realizarla al menos una vez al año.
![]() |
La Confesión, de Giuseppe Maria Crespi |
Así continuaron las cosas hasta el Concilio de Trento (1545-1563) en que se instituyó la confesión como el camino de la salvación aunque para ello, el pecador, debía realizar un relato exacto y minucioso de los pecados cometidos y, en esta ocasión, el poder que el confesor tenía para conceder o negar la absolución dio lugar a que “la situación de privilegio de que el padre gozaba, algunas veces, provocó abusos de éste, como el utilizar el acto de la confesión para solicitar favores a sus hijas espirituales”(1).
Para aclarar y condenar estos actos Benedicto XIV publicó en 1741 la bula Sacramentum Poenitentiae donde se fijaron de manera definitiva las particularidades de este acto pecaminoso de la “solicitación”(2), cuyo perdón dependía, en la mayoría de las ocasiones, del Tribunal de la Inquisición.
En este contexto tuvo lugar el proceso referido a continuación, documento obrante en el Archivo Histórico Nacional, que reproduzco literalmente(3):
“El Inquisidor fiscal del Tribunal de Zaragoza contra Fr. Clemente Pellicer de la Orden de Predicadores Conventual en el de la villa de Caspe, Reyno de Aragón, Confesor y Predicador natural de la villa de Valde Algorfas, de aquel Arzobispado, de edad de cuarenta y siete años. Por solicitante(4):