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miércoles, 1 de abril de 2020

Conflictos vecinales a principios del siglo XVII (V)
El Procurador Fiscal de su Magestad contra Bernardo PelegrÍn (I)
Año 1622



Los antecedentes debemos establecerlos en el año 1613 en que Valdealgorfa, Valjunquera, Torrecilla y La Codoñera, barrios entonces de la villa de Alcañiz, habían elevado una petición al Rey, Felipe III, para que les autorizase a tener cierta jurisdicción, es decir, resolver pleitos de poca importancia en el propio municipio, sin necesidad de ir a Alcañiz a solicitar ni recibir justicia. A la vez, se dotaba a los barrios de un término municipal para que lo administrasen y proveyesen de recursos(1).

Portada del proceso
Para estos negocios habían sido nombrados en Valdealgorfa Juan Thomas Ardid y Bernardo Pelegrín, pero posteriormente, al objeto de evitar gastos, se dejó exclusivamente a Ardid, como delegado de los barrios, para los asuntos relacionados con la Concordia.

En este año de 1622, y por la cuestión de la molienda de granos, conflicto permanente desde la primera concordia, los barrios desconfían de la villa temiendo que la justicia no fuera imparcial, administrada por los oficiales de Alcañiz, y solicitan de nuevo al Rey poder llevar todas las causas a la Audiencia, de Zaragoza. Para ello, el síndico delegado, trasladado a la Corte, necesita de un poder especial que es preciso sea otorgado por el concejo.

Llegado el pleno fue a él Pelegrín, ofendido por haber sido relevado de sus funciones y aviendo el dicho Blas del Pueyo, jurado mayor , y su compañero mandado llamar a concejo General a la sala y lugar acostumbrado, estando ya congregado el dicho Concejo General del dicho lugar de Valdalgorfa, estando con mucha paz y sosiego mas de quarenta personas dando sus nombres para otorgar dicho poder ,Bernardo Pelegrin asociado y acompañado de otros todos juntos de Gabilla entraron en la dicha sala del Consejo y se sentaron en el como concejantes y viendoles el dicho jurado volvio a referirles la proposicion que havia hecho al dicho Concejo. Entonzes el dicho Bernardo pelegrin lebantandose en pie con mucha colera, enojo, atrevimiento y sobervia, incitando la demas gente a motin dijo a altas voces que no lo consentia y con multiplicados juramentos dijo que era muy grande vellaco y desbergonzado quien consintiesse en hazer dicho poder y que el hazerlo era perder y destruyr los pobres y que gastaban el dinero en vellaquerias y dijo otras cossas semejantes que los testigos diran y que lo siguiesen por su quenta saliendose como se salio de la dicha sala y tras el los dichos y arriba nombrados sus complices asociados y valedores, hechando como hecharon todos diversos juramentos y amenazas. y luego de medio de la escalera de las dichas cassas del concejo viendo que todos los demas se estaban quietos y como espantadoos de haver visto semejante acometimiento y ocasión de muy grande alboroto y ruydo volvio el dicho Bernardo Pelegrin a la sala de Concejo y de la puerta de aquella con mucha colera vozes y sobervia hechando cuerpos de Dios y otros grandes juramentos dixo muchas y diversas injurias y oprobios contra los otros jurados y concejo los quales con la turbaçion grande que tenian y temiendo venian prevenidos de armas no supieron que dezir ni hazerse quedando todos atemorizados y escandalizados de los procedimientos y ocasión en que los ponia el dicho Bernardo pelegrin y sus complizes para perderse y haviendose buelto a bajar de dicha sala y cassa de concejo el dicho Bernardo Pelegrin con los demas de su comitiba y temiendo no alborotasen lo restante del dicho lugar y con ello sucediesen daños yrreparables el dicho concejo acordo que dicho Blas del pueyo Jurado mayor vajasse y prendiesse a dicho Bernardo pelegrin y a los demas sus complizes y sequazes arriba nombrados cometiendo aquellos en lo sobredicho los crimeines y delictos de amotinadores de pueblos y otros.

Signo de Diego de Palencia, notario
Dizen que el dicho Blas del pueyo exerciendo dicho su officio de Jurado mayor y official real vajo de dicho concejo y sala para prender al dicho Bernardo pelegrin y a los que le ayudaban y faborezian en fragancia de los delictos arriba referidos y viendole en la calle y muy cerca de las puertas de las cassas de la villa entre alguna gente que sus vozes y juramentos havia recojido le prendio y dijo: ¡presso por el Rey! y fue a asirle y hecharle mano al pecho y a la ropilla o capotillo que llebaba para haverle de llebar a la carcel el qual resistiendosele estando presentes los demas sus complices arriba nombrados y con muy poco temor de la justicia lebanto un Palo que consigo llebaba para darle con el y de hecho le diera si algunos de los que alli estaban no detubieran el dicho palo con el qual lo amenazo lebantandolo para darle con el y herirlo y luego viendo el dicho Bernardo Pelegrin que no havia podido siguir su intento en dar de palos al dicho jurado y official real le tiro un puntillazo hechando como hecho mano a una daga o puñal que consigo llebaba haziendo como hizo ademan de darle de puñaladas al dicho jurado jugando juntamente con el dicho palo o baston que llebaba le hizo resistençia tan calificada que fue imposible al dicho jurado y official real ni los que con el estaban faboreziendo a la justicia podelle prender aunque muchas vezes dezia y dijo ¡ayuda al rey! ¡resistençia, resistencia! Y en todo este discurso de tiempo que el dicho Bernardo pelegrin resistio a dicho jurado como dicho es los dichos sus complices y asociantes arriba nombrados estubieron con el y a su lado amparandole y dandole animo consejo fabor y ayuda y los mas dellos con dagas desnudas sin que ninguno dellos faboreziesse ni ayudasse a la justiçia como tenian obligacion. Y aunque el dicho jurado hizo lo que pudo para prendelle no le fue posible por la grande fuerça violencia y resistençia que le hizo yendose defendiendo con dicho palo y puñal y cargando la gente con armas el dicho Bernardo Pelegrin se fue retirando hacia su cassa acompañado y asociado siempre con dichos sus compliçes siguiendole siempre el dicho jurado diziendo ¡ayuda al rey! ¡prendanle! Y aunque muchos del dicho lugar le siguieron con armas faboresciendo al dicho jurado se les entro en su cassa y cerro la puerta de aquella.

Firma: Manuel Jacinto Fernandez, notario
Y habiendose buelto a juntar el dicho concejo para otorgar el poder especial arriba referido y estado todos juntos en la forma y ma(ne)ra acostumbrada Antonio Mirabete y Puch propusso que le perdonasen y dexasen parezer en dicho concejo que queria dar satisfaccion dello y otorgar el poder especial como los demas y aunque se le respondio en dicho concejo que no traxese a el al dicho Bernardo Pelegrin porque era cierto les havia de volver a rebolver el dicho Antonio mirabete y puch con su buena intençion y animo insistio con dicho consejo diese lugar que dicho Bernardo pelegrin viniese a el; acordaron que si, con que aquel y sus complizes y asociantes entrasen sin armas. Y en este medio tambien vino a dicho concejo el Doctor Diego de Ramillori, canonigo de la metropoli de Caragoca, que asistia en dicho lugar a la fabrica de un convento de monjas que haze, en compañía del licenciado Juan sancho presbítero y persona muy exemplar que al ruydo del motin llegaron a poner en paz y a apaziguarlos. Y haviendo buelto el dicho Bernardo Pelegrin al consejo, el canonigo Ramellori leyo la copia de la carta de su Mag.d y les dio a entender a todos quan bien les estaba seguir y estimar la merced que se les hazia y que dicho Bernardo pelegrin venia a pidir perdon y a dar satisfaçion de lo mal que havia andado y dijiendole el dicho jurado mayor y otros que porque lo havia hecho tan mal de haver hechado mano a la daga o puñal y resistido al dicho jurado entonces el dicho Bernardo pelegrin en lugar de reconozerse y mostrar estar apesarado de lo hecho, con su mucha sobervia y altivez que tiene, volvio de nuevo a alborotarse y con muchos botos y juramentos dezia y dijo que mentian todos los que dijesen que el havia hechado mano la daga y que era muy grande maldad lo que se hacia y volvio a sallirse de dicho concejo diziendo le siguiesen todos con que de nuebo volvio a inquietar rebolver y amotinar el dicho concejo y los que en el estaban saliendose con el como se salieron los dichos sus asociantes complizes y sequazes de que quedaron en el dicho concejo segunda vez escandalizados y atemorizados de los terribles procedimientos de dichos Bernardo pelegrin y los demas sus complizes y sequazes(2).

Hasta aquí las razones de la demanda pero, como todo tiene doble punto de vista, Pelegrín, en su defensa, da otras razones y motivos para su actuación.

Pero éstas, las veremos en el próximo artículo…. 

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(1) Archivo Histórico de Protocolos Notariales del Colegio Notarial de Aragón. Notario  Pedro Polo, año 1616-1618.
(2) Archivo Histórico Provincial de Zaragoza. Proceso inquisitorial del Procurador Fiscal de su Magestad contra Bernardo Pelegrín, año 1622.