Es conocido que los ingresos fundamentales de lo que puede considerarse hacienda municipal consistían, además de las utilidades del molino oleario, algo más del 70% de los ingresos totales, en las creces que se cobraban por la prestación del grano del Monte Pío, el producto del abasto de carnes, arrendamientos de hornos, panadería, mesón y taberna y la producción de materiales para la construcción como la cal, la teja y el ladrillo.
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El horno |
Pero, ciertamente, la construcción y licencia pasó a ser prerrogativa de los municipios y, en nuestro pueblo, la tuvo Alcañiz hasta el momento de la Concordia o sea que para la construcción del edificio del horno era necesaria la autorización del concejo alcañizano.