Dejando aparte lo comentado en aquel artículo precedente, veamos en detalle lo pa ctado en la capitulación hecha al efecto por su promotor para la construcción de tan emblemático edificio, el 8 de abril de 1602:
Capitulacion y concordia entre Antonio Puig y Juan Solan de una obra de piedra como abajo se dize conçertada en treçientos escudos digo seis mil sueldos jaqueses ------
Pº es pacto y condicion que los maestro o, maestros que tomaren dicha obra la ayan de hacer conforme la traça que se les da
Iten es condicion que para dicha obra haya de habrir fundamento asta donde fuere menester y aja de tener el dicho fundamento de ancho seis palmos asta la cara de la tierra y de alli arriba en toda la pared tenga de gruesso quatro palmos
Iten que aya de haçer en el quarto baxo dos ventanas y en el quarto de arriba seis que todas son ocho las quales ventanas haja de haçer dicho maestro conforme las baxas de la confadria exceptando la de la ssala que ha de tener de alto doçe palmos y la ancharia conforme el arte requiere y que dicha ventana la aja de hacer conforme esta traça que en dicha capitulacion esta
Iten es pacto y condicion que toda la dicha obra la frente tan solamente aja de ser tallantada
Iten que aja de hacer en todas las bentanas en el arquillo de dentro sus reboltones y sus basas con su complimiento conforme el arte requiere
Iten que de las ocho bentanas que se an de hacer hajan de açer dos dellas en la delantera biexa adonde estan las otras biejas
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Parte alta de la casa de Antonio Puch a principios del S.XX |
Iten que aja de hacer dicha obra en alto asta el suelo de encima la sala y luego en consiguiente aja de haçer una cornissa conforme esta en la de la nebera de la confadria y de alli arriba aja de haçer un mirador con sus bentanaxes las quales bentanas tengan en lugar de pilastron una coluna dorica con su basa y capitel las quales colunnas ajan de tener de alto catorçe palmos con toda la buelta del arquo y de alli arriba encima del arco aja de hacer una filada que tenga dos palmos en alto esto se entiende el gueco del arco
Iten que ha de hacer dicho maestro en cada esquina de la delantera una çotea las quales ajan de subir de ssillares llanos asta mas arriba del raffe siete palmos y la qual subida de dichas coteas aja de ser en quadro y de alli arriba aja de tener de alto doze palmos en los quales doze palmos aja de haçer sus quatro pilastrones quadrados uno en cada esquina con su arco de pilastron a pilastron y encima los arcos una filada conforme fuere menester y las dichas çoteas se entienda las aya de haçer una a la esquina de Cristobal la otra en la esquina de metad la cassa y la otra encima la puerta que esta cabe cassa de Joan Beltran
Iten que este obligado dicho maestro dandole los maderos los aja de yr sertando assi como baya subiendo la obra mas que en la frontera bieja aia de azer unos arquillos como los de la confraria a donde fuere menester desde çotea a çotea
Iten que para dicha obra se les dara tan solamente calçina y madera para los andamios y todos los demas materiales que para dicha obra de piedra fuere menester dicho maestro se aja de dar recado en todo
Item que aia de hazer tres permodos para recibir un balcon en la bentana grande de la sala y de permodo a permodo una losa muy buena y segura muy pulida y quede contento a quien lo bea ,o, si para seguridad de la obra fueren menester quatro meta quatro
Iten que aia de dar bertiente a la paret de detras la que ubiere menester la delantera nueba y como baya enlumerando baya reboçando la paret bieja y adrecandola
Iten que se aia de dar acabada dicha obra por todo agosto primero biniente del año mil seiscientos y dos y si no que pierda la poster paga del concierto de dicha obra
Item de lo que se conçertare aia de ser la primera paga de dicha obra al prinçipio al medio y al fin tres pagas iguales a de aber un banco de parte aparte en la frontera nueba delante del banco baia una rengla de losas para guardar la casa del agua ,o, el fundamento
Item que este obligado dicho maestro de repicar como la delantera nueba la bieja y adereçar el portal o, mudar en el algo si fuere menester
Item de derribar abrir suelos apartar la enruna aia de hazer dicho ofiçial a sus costas la piedra que de la paret sacare sea suia fuera madera aljez y un trujal que ai de azeite
Item que aia de dar fiancas a contento para dicha obra y si fuere menester sea mirada dicha obra por oficiales y reconoçida lo pueda hazer a su salbedad -----
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Firma de Antonio Puch |
Ittem es pactado que todos los capitoles de parte de arriba expresados en los que toca a la altaria gordaria bentanas se haya de entender de la manera que esta arriba capitulado salbo que en lo que toca a lo de las Açuteas este obligado el offiçial a haberlas de subir y haçer en quadro de piedra conque tenga el official seguridad y firmeça de parte de dentro de las açuteas para subir la paret y no hubiendo seguridad no este obligado
Ittem es pactado que si andando la obra pareçiere al Sor. Anthonio Puche mudar ,o, añader alguna cossa que sea conviniente quede en su arbitrio pues no sea en daño de el official y siendo en daño y a mas coste de aquel pagandoselo este obligado a haçerlo
Ittem en lo de las pagas y tandas y tiempo dentro del qual la obra se ha de dar acabada se ha de estar al conçierto que de la parte de arriba se expressa.
Antonio Miravete y Puig
Quedaba por concretar la construcción del alero, que veremos en un próximo artículo.
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AHPNA: Gerónimo Ardit, 1602. Reg. 1843, F.30v-31v