La agricultura Valdealgorfana en el siglo XV vivió una fase de expansión y crecimiento impulsada por las progresivas roturaciones y, ya en el siglo XVI, por el aumento demográfico que obligó a poner en cultivo nuevas tierras.
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| Breviarium Grimani h. 1510 |
Los cultivos principales fueron los cereales, la vid y progresivamente el incremento del cultivo del olivo. Era también habitual, aunque en menor extensión, el azafrán.
Todo el periodo, a pesar del crecimiento general, no estuvo libre de hambrunas puntuales causadas por sequías o plagas, que provocaban fuertes oscilaciones en las producciones o en los precios.
Pero, en estos artículos, el aspecto que voy a tratar es el acceso a los diferentes sectores económicos de aquellas personas que no eran propietarios o sus extensiones eran lo suficientemente pequeñas para que recurrieran a los arriendos y contratos de terraje para mejorar sus medios de subsistencia.
A través de distintos conciertos o contratos, se establecían normas precisas que regulaban las relaciones entre los propietarios de la tierra y sus arrendadores:
1518: Mosen Micolau de Tárrega, de Alcañiz, da “por tiempo se seys anyos” a Domingo Rabasa un campo en el término de Valdealgorfa, en la partida de Val de Alos (Val de Los), con la condición de que solamente lo pueda sembrar de güebra de manera que el sementero “aya franquo sin pagar tierrage alguno y las viñas y olivas se queden para el dicho mosen Tarrega”.
En el mismo año Pascual Fuster dejó a Johan Fuster un campo en la balsa Nova “el qual le dexa para que lo saque y tenga el çafran franquament y saquado el cafran le aya de senbrar el aranquadiço y le aya de pagar el seseno por el terrage de aquel”.
1529: Joan del Pueyo toma de mosen Nofre Santapau, de Alcañiz, “a medias por seis años” una heredad “plantada de tiras, oliveras y almendoleras sita en la partida llamada la mercadera”. Como condiciones se compromete a “tenerla millorada y no piorada, bien laurada, podada y cavada en sus tiempos convenientes y de la vendema que en aquella aura en cada un anyo sia tenido darles las medias de aquella dentro de sus casas de la villa de Alcañiz, vendema o vino, lo que el dicho mosen Santapau mas querra, con que el dicho mosen Santapau es contento de pagar la mitat del port que costara de levar dicha mjtat y assi mesmo le haya de dar la mitat del otro que de aquella saldra en cada un año como dicho es del vino dentro en su casa en la villa de Alcañiz pagando la mitad del port y la mitat de moler las olivas con sto ensemble sea tenido de morgonar y enpletar en la dicha heredat todo lo que sia menester con que el dicho mosen Santapau pague la mitat de los jornales que dentraran en morgonar y empletar”.
1533: Miguel del Pueyo dio a terraje unas fincas a Antón Prunera, por cuatro años, las olivas a medias y las tierras al seseno.
1539: En el mismo sentido, Mateu Berig da a terraje a su hermano todas sus tierras y heredades “los planteros de oliveras y tiras a medias y las tierras al seseno y por tpo. de tres anyos y tres collidas”.
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| Agricultor labrando con su "par" |
1540: Pedro Ripol, vecino de Alcañiz, da una masada a terraje a cuatro vecinos de Valdealgorfa “por cinco años y cinco collidas” con las siguientes condiciones: “le ayan de dar dichas collidas el seseno en los campo o en la hera, adonde el mas lo querra con que los dichos terrajeros lo ayan de levar a sus costas a la dicha villa de Alcañiz y darlo y dispuesto en su casa. Et assi mesmo le ayan de dar y levar en cada un anyo a su casa en la dicha villa de Alcañiz sesenta cargas de lenya buena y de recebir y suficientes cargas que les me cabera a cada uno de los dichos terrajeros cada quince cargas. Et assi mesmo ayan de tener y mantener la cassa de la dicha masada de la forma y manera que agora estan y si a caso la dicha masada en este tiempo de los dichos cinquo anyos recebiesse algun danyo de fuego o otras cosas a su culpa, lo ayan de reparar pargar y tornar a sus costas”.
1555: Pascual Fuster da a terraje por ocho años un campo en la Talaya a Grabiel Pellicer “con que aya de laurar aquel y sacar sus guebras y redegruebras y le aya de pagar el seseno de lo que cogera y si el dicho pasqual fuster lo querra tomar en faixo en el dicho campo lo pueda tomar y si no lo toma en faixo lo aya de trillar el dicho gabriel pellicer y lo aya de dar en su casa”.
En conjunto, todos estos ejemplos permiten vislumbrar con bastante claridad la compleja red de relaciones agrarias que sostenía la economía de Valdealgorfa en el siglo XVI. Lejos de ser un sistema rígido, los contratos reflejan una notable capacidad de adaptación a los distintos cultivos, a las condiciones de la tierra y a las necesidades tanto de propietarios como de labradores. A través del terraje, las medias, sesenos o acuerdos específicos sobre labores y costes, se articulaba un equilibrio que hacía posible la explotación de nuevas tierras sin que los dueños las trabajaran directamente, al tiempo que ofrecía a quienes carecían de propiedades suficientes una vía para integrarse en la producción agrícola. Este entramado jurídico y económico no solo explica el crecimiento del periodo, sino que también nos acerca a la vida cotidiana, a los esfuerzos y a las estrategias de subsistencia de una comunidad rural en constante transformación.
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