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viernes, 1 de junio de 2018

Valdealgorfa entra en la historia. El privilegio de 1263


Aunque, como se sabe, el nombre de nuestro pueblo es de origen claramente árabe, esto no quiere decir que existiera como unidad poblacional durante los tiempos del dominio musulmán. Al contrario, parece que aun tratándose de un lugar que reúne las mejores condiciones de habitabilidad, no lo estuvo, al menos con carácter continuo y estable, hasta tiempos posteriores a la repoblación de Alcañiz.

Durante los tiempos inmediatos a la reconquista, tras la consecuente carta de población y mientras la villa fue “Alcañiz de la Frontera”, la inseguridad en la comarca era evidente. Los nuevos pobladores comenzaron a ocupar las tierras más próximas al castillo extendiéndose como una mancha de aceite hacia zonas más alejadas pero siempre razonablemente próximas a la protección que les brindaba la milicia, en este caso la Orden de Calatrava.

De esta manera, fue necesario esperar hasta que las posiciones cristianas en el Bajo Aragón estuvieron consolidadas y tuvieron éxito los nuevos llamamientos de pobladores, para que las incipientes aldeas fueran tomando fuerza.

Pinturas medievales del castillo de Alcañiz

Así pues, es lógico pensar que fue a partir de estos momentos, cuando la situación en Alcañiz quedó estabilizada, cuando empezaron a crecer los pequeños núcleos de población que a duras penas sobrevivían en sus cercanías.

Pero, a la vez, la villa luchaba por obtener mayores cotas de independencia y peleaba con la Orden de Calatrava por su autogobierno. En este contexto es cuando el nombre de Valdealgorfa aparece nombrado por primera vez en los textos escritos, con motivo de ciertas concesiones que el maestre de Calatrava otorga al municipio de Alcañiz y sus aldeas. Dice el documento(1):

          "Sepan cuantos vieren esta carta, como nos, D. Pedro Ibáñez, maestre de la caballería y Orden de Calatrava, con consejo y otorgamiento de D. Pedro Fernández, comendador de Alcañiz; y de D. Juan Ibáñez, comendador de Zorita; y de D. Pedro Gonzálvez, comendador de Monroyo; y de D. Frey Jimeno, comendador de Molinos; y de D. Frey Jimeno Pardos, subcomendador de Alcañiz; y de D. Frey Fernando, nuestro mayordomo; y de D. Pedro Ibáñez, nuestro capellán; y de mosén Hernández; y de Lorenzo Méndez; y de Fernando, nuestro sobrino, y de Gonzalvo Ibáñez, por nos y por todo el convento de Calatrava, damos y otorgamos a vos todo el concejo de villa y aldeas de Alcañiz que tengáis jurados, vinagoles, mesegueros, almudazafes y zabacequias, que los escojáis de entre vosotros, que los presentéis al comendador de Alcañiz y que la jura de ellos la reciba nuestro justicia. Y os damos hornos molinos y dehesas en la villa de Alcañiz, en las aldeas y en sus términos: los que hoy tenéis; de manera que ninguno de vosotros ni de los vuestros haga ni pueda hacer más molinos, ni más hornos, ni más dehesas de los que hoy son hechos, á saber: en Alcañiz un horno y un molino y una dehesa, que son de concejo y de vecinos; en Crivillén dos molinos y un horno y una dehesa; en la Mata una dehesa, un horno y un molino; en Los Olmos un horno, un molino y una dehesa; en Cretas un horno, del cual renuncia la Orden el tercio que daban en cada año; en Valjunquera, Valdealgorfa, La Torrecilla y La Codoñera, donde no hay hornos con cargamento y cada cual cuece el pan en su casa libremente, queremos que sigan como usaron hasta hoy. Y damos a vos la villa de Alcañiz los montes y los rios para que uséis de cazar, pescar y abrevar como lo hicisteis hasta el presente. Y otorgamos a vos, villa de Alcañiz, que no déis gente armada sino a la manera que lo haga Zaragoza, si el rey no nos obligare, salvo, además, que nos fuere preciso para defender las tierras y señoríos que tenemos y tendremos en los dominios del rey de Aragón.
          Aún os otorgamos que el almudí y el peso lo uséis así como lo usan en Zaragoza.
       Os damos que los hombres de las aldeas vengan todos delante del justicia de Alcañiz a determinar sus pleitos, y el comendador de Alcañiz meta un hombre en cada aldea que prenda a los malhechores y obligue a los que no quisieren comparecer ante el justicia de Alcañiz a ventilar sus asuntos.
          Otorgamos además a vosotros y los vuestros la seguridad de lo convenido: que por todos los tiempos lo tengáis y uséis en paz como lo usasteis hasta hoy, de modo que nos ni alguno de los nuestros os haga demanda en las sobredichas cosas por razón ninguna. Y queremos que por todas las concesiones sobredichas nos déis cada año en la fiesta de San Martín tres mil sueldos jaqueses.
          Y nos, D. Domingo Balient, jurado de Alcañiz, y D. Guillén de Zorita y D. Domingo de Asunis y D. Guillén de Taraga y D. Domingo Zapatero, por nosotros y por todo el concejo de Alcañiz y de la villa y aldeas, prometemos y otorgamos que os daremos cada año en dicha fiesta de San Martín los dichos tres mil sueldos jaqueses.
          Y para que estas cosas sean más firmes y no puedan venir jamás en duda, nos, el maestre y los freiles sobredichos, mandamos a Pedro Pérez, nuestro secretario, hacer dos cartas partidas por A.B.C., y mandamos poner en ellas nuestro sello propio y el de nuestro convento Calatrava; y nosotros, el consejo de Alcañiz, otorgamos todas las cosas sobredichas, y para que sean más firmes y nunca puedan venir en duda, mandamos y rogamos a Pedro Pérez, escribano del maestre, hacer dos cartas partidas por A.B.C., y mandamos poner en ellas nuestro sello del consejo de Alcañiz. Testimonios de esto, D. Juan Gil Tarín y D. Martín Pérez.
          Dada en Monroyo, jueves, XXVI días andados del mes de Julio, era de MCCCI. (26 de julio de 1263)".

Y, tras este tímido asomo, Valdealgorfa desaparece de nuevo de los documentos hasta bien entrado el siglo siguiente.

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 (1) Texto en BHGBA., 1907, pp. 15 y 16 y Archivo Diocesano de Zaragoza.